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​Plan de Pago Personalizado
Una forma flexible de pagar los tributos
¡Sin intereses ni garantías!​

¿​QUÉ ES EL PLAN DE PAGO PERSONALIZADO​?

​Es un sistema especial que permite realizar ingresos a cuenta para el pago de los recibos.


¿​DÓNDE SE REGULA ESTE SISTEMA​​?

En la Ordenanza fiscal reguladora del Plan de Pago Personalizado. Ver ordenanza


¿​Cómo funciona?

​El importe de los recibos pagados en el ejercicio anterior son la base para realizar los ingresos a cuenta en el siguiente.

Se pueden elegir todos los recibos o aquel o aquellos que convenga a su interés, excepto los recibos de agua que están excluidos.

El importe de los recibos seleccionados se divide entre el número de plazos del período que escoja para su pago, esto es, bimestral (5 plazos) o mensual (10 plazos).

En el último plazo, se regulariza su situación, es decir, a la deuda correspondiente al ejercicio en vigor se le resta los ingresos que ha ido realizando.

De esta regularización puede resultar que en el último plazo el importe a pagar sea igual, superior o inferior al de los anteriores.

 Si la diferencia entre lo que ha pagado y debería pagar fuese favorable para usted, el OAPGT devuelve el exceso. 


¿​QUIÉN PUEDE ACOGERSE​​?

Cualquier contribuyente que sea titular de un recibo por tributos o precios públicos de los municipios de la Provincia de Toledo que le han delegado su aplicación al OAPGT.

¿QUÉ REQUISITOS SE DEBEN CUMPLIR PARA ACOGERSE​?

Estar al corriente de pago con el OAPGT y domiciliar el pago del plan.

¿DÓNDE Y CÓMO PUEDO SOLICITARLO​​?

  • Si dispone de identificación electrónica, de forma automatizada a través de este enlace.
  • ​En cualquiera de las oficinas del OAPGT, previa obtención de cita previa.
  • Cumplimentado y presentando el mode​lo 106 a través del Registro Electrónico de la Sede del OAPGT.

¿CUÁNDO PUEDO SOLICITARLO​​?

La solicitud podrá presentarse en cualquier momento.

¿DURANTE CUÁNTO TIEMPO TIENE VALIDEZ EL PLAN​​​?

La validez de plan es por tiempo indefinido, si bien puede ser cancelado por el contribuyente en cualquier momento.
El impago de alguna de las cuotas periódicas implicará automáticamente la cancelación del plan de pago personalizado.
El plan también puede ser modificado a instancia del contribuyente al objeto de incluir o excluir nuevos recibos con efectos en el mismo ejercicio de su presentación o en el siguiente.
La modificación con efectos en el mismo ejercicio de su presentación producirá el recálculo del importe de las cuotas correspondientes a los períodos pendientes de vencimiento.​

¿CUÁNDO PUEDO SOLICITARLO​​?

Los pagos se realizarán mediante adeudo bancario el día 5 del mes del período al que corresponda. Si se opta por el periodo bimestral, el adeudo se cargará en cuenta el día 5 del primer mes.

Las modificaciones del número de cuenta de la domiciliación del pago, surten efectos en el período correspondiente a los vencimientos posteriores al inmediato siguiente.


¿SE EXIGEN INTERESES EN EL PLAN DE PAGO PERSONALIZADO​​?

Los pagos realizados por el sistema regulado en el presente Ordenanza no devengan intereses de demora, sin perjuicio de su aplicación en el procedimiento de apremio que resulte de su incumplimiento.​


¿ES INCOMPATIBLE EL PLAN CON ALGÚN BENEFICIO FISCAL​​​?​

Únicamente es incompatible con las bonificaciones que tuvieran establecidas los ayuntamientos por domiciliar el pago de los recibos incluidos en el plan.


¿CUÁNDO ME DEVOLVERÁN EL INGRESO QUE PUDIERA HABER REALIZADO EN EXCESO​​​​?​

Dentro del plazo de 15 días computados a partir del siguiente al vencimiento del plazo de 8 semanas que tienen los clientes de las entidades para comunicarles la devolución del adeudo contadas a partir de la fecha de este.